- 1.- Nº de abonado.
- 2.- Datos de la factura.
- 3.- Boletín donde están publicados los precios de abastecimiento, saneamiento y resto de servicios.
- 4.- Titular del contrato y dirección del suministro o dirección fiscal si es diferente a la del suministro.
- 5.- Datos de la dirección de suministro.
- 6.- Dirección del suministro.
- 7.- Información del contador (nº de serie, calibre, tarifa, lectura anterior y actual, fechas, lectura, consumo leído, consumo imputado y facturado). Tarifas:
- Doméstica.
- No doméstica.
- Combinada (vivienda-jardín).
- Combinada (vivienda-piscina).
- 8.- Gráfica historial de consumos.
- 9.- Importe del agua.
- 10.- Importe de basura.
- 11.- Fecha de pago.
- 12.- Forma de pago.
Ordenanzas 2010
NOTA sobre la defectuosa publicación en Boletín Oficial de Gipuzkoa del anuncio de la aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de las tasas por abastecimiento de agua, saneamiento y demás servicios y actividades prestados en relación con el ciclo integral del agua, para el año 2010, en el Boletín de fecha de 28 de diciembre de 2009 (BOG nº 244) y la posterior nueva publicación del texto íntegro del anuncio con fecha de 12 de enero de 2010 (BOG nº 6):
Advertidos los siguientes errores cometidos en el Boletín Oficial de Gipuzkoa en la publicación de las tablas del anexo I de la Ordenanza reguladora de las tasas por abastecimiento de agua, saneamiento y demás servicios y actividades prestados en relación con el ciclo integral del agua, para el año 2010, efectuada con fecha de 28 de diciembre de 2009, a saber:
- la trascripción del contenido de la tabla 1.2 en la tabla 1.3
- la trascripción del contenido de la tabla 1.3 en la tabla 1.4
- la no publicación de la tabla 1.4.
Con fecha de 12 de enero de 2010 (BOG nº 6) se publicó, por segunda vez y correctamente, el texto íntegro del anuncio remitido por la Mancomunidad de Servicios de Txingudi-Txingudiko Zerbitzu Mankomunitateta, si bien en dicha publicación no se dejaba constancia de que los errores o las confusiones fueron imputables únicamente al propio Boletín y que, en todo caso, la Mancomunidad remitió correctamente el texto para su publicación en cumplimiento y a los efectos de lo previsto en el artículo 16.4 de la Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa.
Irun, a 18 de enero de 2010


