La falta de pago de las tasas en el periodo de pago voluntario determinará la apertura del periodo ejecutivo y la exacción de las tasas por el procedimiento de apremio, conforme a lo previsto en la Norma Foral General Tributaria y en el Reglamento de Recaudación de Gipuzkoa, con los recargos correspondientes, pudiéndose interrumpir el suministro de agua en tanto no cese la situación de incumplimiento, en virtud del artÃculo 69 de la Ordenanza del Ciclo Integral el Agua.

